En septiembre de 2013 el Congreso de la Unión reformó el Código Fiscal de la Federación para que la autoridad pueda publicar el nombre, denominación o razón social y la clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de sujetos con quienes es riesgoso celebrar actos mercantiles o de comercio, porque no cumplen con sus obligaciones fiscales. 


El 1 de enero de 2014 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una "Relación de Contribuyentes Incumplidos" amparada en una reforma constitucional para transparentar los ingresos fiscales. En concreto se reformó el artículo 69 y 69B.



Que son los EFOS y EDOS (Acrónimos Fiscales)


EFOS: Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas.

Dichas empresas simulan transacciones de venta de productos o servicios sin que estas sean reales, no cuentan con activos, personal, ni infraestructura física, abren cuentas bancarias y las cancelan pronto. Presentan altos montos de facturación y pocos o nulos gastos, son ilocalizables ya que no se ubican en el domicilio fiscal.


EDOS: Empresas que Deduce Operaciones Simuladas.

Son las que se encargan de contabilizar las transacciones generadas por los EFOS para con ello simular un registro de gastos de operaciones inexistentes y evitar el pago de impuestos a las autoridades.



El artículo 69 del CFF

Es la herramienta del sat para anular los efectos de operar con empresas que llevan a cabo actividades inexistentes, “La Lista negra del SAT”.


Dentro de los párrafos referentes al artículo mencionado, se hace referencia a la evasión fiscal mediante operaciones simuladas, donde este último término es utilizado para hacer referencia a las empresas que simulan transacciones de venta de productos o servicios sin que estas sean reales.





Estatus del Articulo 69 del CFF


No Localizados:  

aquellos contribuyentes que fueron buscados en su domicilio fiscal para cualquier diligencia oficial y no fueron encontrados por los funcionarios.


Créditos Fiscales Firmes: 

se obtiene un crédito fiscal cuando el contribuyente deduce más de lo que ingresa. El estado puede reclamar esos ingresos y si el contribuyente no apela entonces se hace acreedor a un crédito fiscal firmes.


Créditos Exigibles, No Pagados o Garantizados: 

Los créditos fiscales firmes que no fueron pagados en tiempo y forma por el contribuyente.


Créditos Cancelados: 

La autoridad fiscal puede cancelar el crédito si el proceso de cobro es incosteable o el deudor no tiene dinero para pagar. Ver artículo 146-A


Créditos Condonados: 

La ley de ingresos de cada año prevé la posibilidad de perdonar total o parcialmente los créditos fiscales, cuotas compensatorias, actualizaciones y multas relacionadas a contribuciones federales.


Sentencia Condenatoria Ejecutoria por la Comisión de un Delito Fiscal:  

Los delincuentes e infractores del código fiscal y normas aplicables




Artículo 69-B del CFF

Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.


En este supuesto, procederá a notificar a los contribuyentes que se encuentren en dicha situación a través de su buzón tributario de la página de internet del servicio de administración tributaria, así como mediante publicación en el diario oficial de la federación.








Estatus del Articulo 69-B del CFF


Presunto: 

Cuando la autoridad fiscal detecta que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes de manera irregular se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes


Desvirtuado: 

Cuando el contribuyente aporte a la autoridad fiscal la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a notificarlos con un plazo de quince días contados a partir de la última de las notificaciones que se hayan efectuado.


Definitivo:

Si el contribuyente no atiende el llamado de la autoridad en quince días a partir de la última de las notificaciones o el contribuyente no pueda desvirtuar la existencia de sus operaciones se publica este estado.


Sentencia Favorable: 

El contribuyente tiene treinta días para acreditar que efectivamente sus operaciones son reales, si logra corregir su situación se publica este estado.




Situación Actual de Operaciones Simuladas.

Derivado de actos de investigación y cruce de información entre el servicio de administración tributaria(SAT) la unidad de inteligencia financiera (UIF) y el instituto mexicano del seguro social(IMSS), la procuraduría fiscal de la federación(PFF) anunció este martes que ira por las empresas que emiten facturas falsas con el fin de pagar menos impuestos.


En el ejercicio fiscal 2017, por la venta de estas facturas y la operación de 43 empresas factureras, dejaron de llegar $55,125 millones de pesos (mdp) como contribuciones al fisco, informó la jefa del SAT, Raquel Buenrostro.



Listado de Contribuyentes del Articulo 69 del Código Fiscal de la Federación :

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